Con la sesión llevada a cabo desde el concejo deliberante de San Pedro, los convencionales constituyentes electos en las pasadas elecciones del pasado 6 de junio, dieron por finalizada la modificación de los 20 artículos previstos para su revisión, de los cuales los más destacados y esperados por la comunidad en general, es el artículo 211 que limita los periodos de reelección de los intendentes, llevando a un periodo en actividad con la posibilidad de ser reelecto consecutivamente por única vez en continuado, teniendo que esperar un periodo de cuatro años más para poder presentarse nuevamente, misma reglamentacion se fijó para los concejales.
El cuerpo deliberativo quedó estipulado en un total de siete concejales, quedando previsto aumentar a nueve cuando la población llegue a sesenta mil habitantes y partir de allí, se sumarán de a dos cada cuarenta mil habitantes más.
Las modificaciones fueron analizadas durante dos meses que estaban previstos con anticipación, quedando formalmente finalizada la carta orgánica municipal de San Pedro, con una fecha fijada para posibles cambios dentro de 20 años, a partir de la publicación en el boletín oficial.
La carta orgánica, es la ley máxima del municipio y por ella se regirán todos los habitantes de ese suelo, dando cumplimiento a una exigencia de la comunidad que solicitaba este tipo de reglamentaciones.
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Andrés Gomeñuka – Elías Sonma – FM CIUDAD
AGENCIA DE NOTICIAS GUACURARI
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