El Programa de medición Huella de Carbono tiene por finalidad reducir los gases de efecto invernadero, la contaminación ambiental y promover la protección del ambiente.
Esta Ley, que tuvo como autores a Hugo Passalacqua, Martín Cesino y Julio “Chun” Barreto; pretende establecer políticas destinadas a promover la protección del medio ambiente a través de la implementación de un sistema de medición de los gases de efecto invernadero, dentro del territorio de la provincia denominado “Huella de Carbono”, de acuerdo con lo establecido por la Convención Marco de Naciones Unidas sobre Cambio Climático del año 1992.
La Huella de Carbono es el Indicador de la cantidad de Gases de Efecto Invernadero (GEI) generados y emitidos por una empresa o durante el ciclo de vida de un producto a lo largo de la cadena de producción, a veces incluyendo también su consumo, recuperación al final del ciclo y su eliminación.
Los objetivos de esta Ley son:
1) adoptar y promover una de las fórmulas internacionales para el cálculo de Huella de Carbono con el objeto de cuantificar y optimizar emisiones de GEI, en procesos industriales y productos y servicios destinados al consumidor;
2) establecer un programa específico para lograr el compromiso y la concientización de la sociedad de los efectos nocivos de la emisión de Dióxido de Carbono (CO2);
3) promover la investigación científica con los distintos estamentos del Estado nacional, provincial y el sector privado para obtener medidas tendientes a lograr la disminución de la emisión de GEI y fomentar el desarrollo, utilización y transferencia hacia tecnologías limpias y adecuadas para la preservación ambiental y el crecimiento económico-social sustentable;
4) establecer programas de mitigación o compensación para reducir la emisión de GEI;
5) propiciar la disminución del cambio climático y el calentamiento global;
6) promover la valorización de los productos que contengan etiquetado de Huella de
Carbono, a través de políticas de promoción y difusión en su consumo;
7) establecer los criterios que permitan llevar adelante la inclusión del etiquetado de Huella de Carbono, en procesos industriales, productos y servicios elaborados en Misiones.
La autoridad de aplicación para desarrollar este Programa Provincial; para la implementación y difusión del cálculo de la Huella de Carbono; será la Secretaría de Estado de Cambio Climático de Misiones y sus funciones serán:
1) determinar las formas de implementación en la medición de liberación de GEI en forma progresiva, dándole prioridad a las áreas geográficas que generen mayor contaminación o impacto negativo sobre el ambiente;
2) establecer los criterios de implementación del cálculo de Huella de Carbono para cada sector sea urbano, rural, de servicios y productivo;
3) impulsar campañas de difusión a través de los medios de comunicación masiva, radiales, televisivos y de las tecnologías de la información y comunicación, respecto de los objetivos de la presente ley y de la reducción del nivel de contaminación y liberación de GEI;
4) establecer la situación del estado actual de la Provincia, en la liberación de GEI;
5) considerar los criterios y variables para cuantificar la Huella de Carbono adoptando las fórmulas reconocidas científicamente para su cálculo;
6) investigar sobre los riesgos y oportunidades generales en la implementación del cálculo de la Huella de Carbono;
7) promover mecanismos y modalidades que generen una disminución o compensación de los GEI.
En sí, la huella de carbono es la herramienta para conocer cuál es nuestro impacto medioambiental.
Prensa Municipal de Montecarlo
ANG AGENCIA DE NOTICIAS GUACURARÍ
Facebook
Twitter
Instagram
Google+
YouTube
RSS