La Municipalidad de Posadas a través del Decreto 2524/20 elaboró una serie de reglas y normas de convivencia para quienes asistan a los balnearios habilitados por el Municipio. El mismo tiene como intención lograr un eficaz, moderado y equilibrado comportamiento de las personas que gocen de las instalaciones, sin perjuicio de la adopción obligatoria de las normas de seguridad, bioseguridad y protocolos aprobados a tal fin y en pos de priorizar la protección y resguardo de la salud pública de la comuna.
En ese sentido, se recuerda que las playas habilitadas por el Municipio son las de la bahía El Brete, y Balneario Costa Sur en Playa Miguel Lanús. La utilización de las playas es gratuita, libre y pública, en donde los ciudadanos podrán permanecer, bañarse (siempre que los niveles de calidad del agua sean aptos para dicho fin, debidamente constatado y aprobado por la Secretaría de Salud, Medio Ambiente y Desarrollo Humano), realizar actividades recreativas, deportivas, pasear y toda actividad que no contradiga las normativas legales vigentes.
El horario de uso de las playas será de 09:00 a 19:00 horas. Asimismo, el Ejecutivo Municipal podrá adecuar el horario conforme lo crea conveniente por vía de la Dirección General de Deportes. En tanto que para la práctica de deportes se deberán ajustar a los requerimientos de los protocolos aprobados de cada actividad en particular.
La Municipalidad delimitará las zonas, mediante círculos, donde las personas podrán permanecer con sus artículos de uso personal. Los integrantes de cada círculo conformarán una burbuja social, permitiendo una máxima de 10 personas por burbuja. Dentro de dicho círculo, los ciudadanos podrán permanecer sin barbijo. Asimismo, para dirigirse al río podrán permanecer sin barbijo. Para circular al resto de los espacios comunes (baños, bares, ingresos y egresos) se debe utilizar en todo momento el barbijo/tapaboca.
Para ingresar al balneario, los ciudadanos deberán pasar por los puestos sanitizantes apostados en los accesos a la playa, donde tendrán que exhibir el registro en la APP MISIONES DIGITAL, se les realizará la sanitización de las manos, la medición de la temperatura, se les informará del protocolo y se efectuará el registro de su ingreso. En caso que se acumulen personas en los puestos, deberán realizar las filas respetando el distanciamiento social obligatorio.
Los ciudadanos deberán, con carácter obligatorio, mantener la limpieza y el orden en el lugar ocupado por la actividad, durante su permanencia y al momento de retirarse.
Por otra parte, para mantener la armonía y el respeto entre los ciudadanos, se recomienda moderar la utilización de equipos o artefactos que emitan sonidos que generan molestias en las personas que los rodean. Se permite escuchar música siempre y cuando no supere los decibeles permitidos por el municipio.
En tanto que no se podrá circular, estacionar o utilizar autos, camionetas, camiones, motocicletas y todo vehículo motorizado en la zona de balneario, a excepción de los guardavidas y personal de la Municipalidad de Posadas, para el traslado de equipamientos necesario para el desarrollo de las actividades regulares y funcionales.
Tampoco está permitido amarrar, desembarcar o navegar, con embarcaciones, dentro de las boyas que delimitan la zona de balnearios.
Además, no se podrá abastecer de combustibles a embarcaciones, motor, motocicletas, autos, camionetas o cualquier otro vehículo motorizado en las zonas del agua. Como así también pescar en la zona de playa destinada al baño.
Se recuerda la prohibición del acceso y permanencia de animales domésticos en las playas, salvo el caso de perros guías para personas no videntes, además de no arrojar en la playa o en el agua cualquier tipo de residuos plásticos, papel, latas, resto de comidas y otros desperdicios o cualquier otro elemento que se considerase basura. Tampoco se podrá ingresar o utilizar envases o recipientes de vidrios y realizar fuego y/o cocinar en las playas.
Cabe recordar que la Municipalidad de Posadas, por intermedio de sus áreas competentes, podrá organizar y autorizar la realización de eventos o actividades en las playas habilitadas, sujeto al cumplimiento de los protocolos vigentes.
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Prensa Municipalidad de Posadas
Edición ANG: Juan Martín Olmedo
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MG Misionero Guacurarí
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