El diputado Nacional Daniel Di Stefano presentó 2 proyectos de ley y una declaración de interés, aquí abajo se detallan cada uno de ellos.
El primer proyecto está registrado bajo el número de expediente 2969-D-2019 y fue presentado el día 12/06/2019.
El mismo tiene por objeto instruir al Banco de la Nación Argentina y el Banco de Inversión y Comercio Exterior (BICE) a establecer líneas de créditos con tasas de interés reducidas para las actividades de la foresto industriales, industriales, turísticas, yerbateras, citrícolas, tabacaleras y tealeras.
Instrúyase al «Banco de la Nación argentina -BNA-» y al «Banco de Inversión y Comercio Exterior – BICE -«, fomentar actividades productivas en las economías regionales.
ARTÍCULO 1º — Instrúyase al Banco de la Nación Argentina y el Banco de Inversión y Comercio Exterior (BICE) a establecer líneas de créditos con tasas de interés reducidas para las actividades productivas vinculadas a la yerba mate, elaboración de té, citricultura, elaboración de tabaco, turismo, la industria y la foresto industria.
ARTÍCULO 2º — La tasa de interés de las operaciones financieras fijadas en el artículo 1° deberá ser reducida en por lo menos un cuarenta por ciento (40%) de la línea convencional que ofrecen el Banco de la Nación Argentina y el Banco de Inversión y Comercio Exterior (BICE) y para operaciones de hasta cinco (5) años de duración.
ARTICULO 3° — Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Proyecto modificación del inciso 1 del articulo 80 del Codigo Penal
El segundo proyecto está registrado bajo el número de expediente 2968-D-2019 y fue presentado el día 12/06/2019.
Modificación del inciso 1° del artículo 80 del Código Penal de la Nación
ARTICULO 1°: Modifíquese e incorpórese dentro del Libro Segundo Título I “Delitos contra las personas”, Capítulo I del Código Penal de la Nación titulado «Delitos contra la vida», el artículo 80 inciso 1 que quedará redactado de la siguiente manera:
“ARTICULO 80. – Se impondrá reclusión perpetua o prisión perpetua, pudiendo aplicarse lo dispuesto en el artículo 52, al que matare:
1º A su ascendiente, descendiente, cónyuge o ex cónyuge.”
ARTICULO 2°: Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.
El presente proyecto de ley tiene como objeto receptar este problema de interpretación judicial debido a la mala técnica legislativa utilizada y esclarecer los motivos por los cuales se buscó diseñar una penalización diferenciada para los femicidios íntimos. Una interpretación en sentido contrario, solo es funcional al rol que tradicionalmente ha cumplido el derecho en la perpetuación de las condiciones de opresión de la mujer. Éstas no hubieran podido ser históricamente devaluadas ni privadas de toda autonomía, de no ser sometidas en primer lugar, por el derecho. En este sentido, Martha Minow es clara al plantear el problema del dilema de la diferencia en términos interrogativos de la siguiente manera: “¿cuándo el tratar a las personas de modo distinto recalca sus diferencias y, sobre esa base, las estigmatiza o las perjudica, y cuándo el tratar a todos de modo igual significa insensibilidad frente a sus diferencias y supone también, sobre esa base, perjudicarlas o estigmatizarlas?”
El tercer proyecto está registrado bajo el número de expediente 2970-D-2019 y fue presentado el día 12/06/2019.
Declarar de Interés de la h. Cámara la «Jornada sobre Ceremonial y Protocolo de los Símbolos Patrios Nacionales y Provinciales», a realizarse el 28 de junio de 2019 en la ciudad de Posadas, provincia de Misiones.
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