La Cámara de Representantes de Misiones dio luz verde a la creación del Programa Misionero de Innovación Financiera con Tecnología Blockchain y Criptomoneda, con el objetivo de adaptar las nuevas tecnologías como herramientas para potenciar el desarrollo social y económico de la Provincia, así como también otorgar valor a sus recursos naturales.
Durante la habitual jornada legislativa de los jueves, el Parlamento misionero tomó los proyectos de los diputados Rovira y Gervasoni para crear el Programa Misionero de Innovación Financiera con Tecnología Blockchain y Criptomoneda, cuyo fin es adaptar las nuevas tecnologías para utilizarlas como herramientas en el potenciamiento del desarrollo económico y social. Asimismo, otorgar valor a los recursos naturales de Misiones es otro de los núcleos del flamante Programa.
El articulado de la Ley detalla la definición de cada concepto pertinente a estas tecnologías: blockchain, criptografía, hash, algoritmo de consenso, nodos, protocolos de consenso, transacción, activo digital, criptomoneda, smart contracts, son definidos específicamente en el texto aprobado por los diputados misioneros este jueves 8 de julio.
Los objetivos del Programa Misionero de Innovación Financiera con Tecnología Blockchain y Criptomoneda son:
- Crear herramientas para incrementar el desarrollo económico y social, fomentando la generación de valores, eficacia y transparencia en las transacciones, planificación de ahorros y alcance comunicacional entre los diferentes actores, todo ello en un ámbito sostenible y sustentable.
- Brindar trazabilidad, seguridad, inalterabilidad y transparencia a cualquier tipo de datos y procesos mediante algoritmos de consensos y criptografías, para validar las transacciones que se desarrollen en el marco del presente Programa.
- Promover políticas ambientales activas y transformadoras de cuidado del ambiente, creando conciencia acerca de los desafíos del cambio climático.
- Abordar a través de diferentes proyectos la digitalización integral, la simplificación y agilización de los procedimientos administrativos a través de herramientas inteligentes de gobierno, estandarizando los procesos y contribuyendo a reducir la utilización de papel en los organismos del estado.
La flamante iniciativa se plantea desarrollar distintos trayectos de manera integral y simultánea. En primer lugar, implementar una cadena de bloques para llevar adelante la construcción de un soporte digital para el registro de transacciones que se realizan en el marco del Programa. El segundo tramo consiste en promover el uso de activos digitales como medio digital de intercambio para transacciones. Finalmente, el tercer trayecto tratará de establecer smart contracts por medio de la creación de un sistema de digitalización.
La Autoridad de Aplicación del Programa Misionero de Innovación Financiera con Tecnología Blockchain y Criptomoneda -a determinar por el Poder Ejecutivo- estará facultada para dictar normas aclaratorias y complementarias que resulten necesarias para el adecuado funcionamiento de la presente ley; elaborar plataformas digitales con tecnología blockchain para integrar servicios y aplicaciones; seleccionar e instrumentar el protocolo de la cadena de bloques a implementarse, como así también a definir los alcances del mismo y la cantidad de nodos necesarios para su efectiva implementación; establecer los términos y condiciones para el almacenamiento y disponibilidad de activos digitales; promover la implementación de activos digitales de intercambio, que utilicen criptografía para asegurar las transacciones, determinando los alcances y beneficiarios. Asimismo, debe establecer el respaldo de los activos virtuales, su resguardo y auditoria; instrumentar el uso de smart contracts y sus alcances; suscribir convenios con organismos y entidades internacionales, nacionales, provinciales y municipales, públicas y privadas, a fin de adoptar las medidas que resulten necesarias para la organización y desarrollo del presente Programa.
La Secretaría de Estado de Cambio Climático, junto a la Autoridad de Aplicación, tendrán como facultades instrumentar conjuntamente los medios para la emisión del Certificado Verde en el marco de la reciente Ley. La normativa sancionada define como “Certificado Verde” al documento que avala los beneficios tangibles e intangibles generados por los servicios ecosistémicos, producto del límite a la explotación económica del suelo misionero en términos de la preservación de la biodiversidad.
Este certificado se validará mediante tecnología blockchain, garantizando la trazabilidad, seguridad y transparencia de los procesos y controles.
Prensa de la Cámara de Representantes de Misiones
#ANGuacurari
Edición: Nahuel Centurión
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