Atendiendo a las medidas de la emergencia sanitaria, se articulan acciones entre municipios, la provincia y fuerzas de seguridad.
El Ministerio del Agro y Producción en conjunto con el Ministerio de Trabajo y Empleo de la Provincia, realizaron este miércoles reuniones con intendentes y fuerzas de seguridad en los Municipios de Alba Posse y Campo Ramón. En los encuentros se unificaron criterios en relación al transporte de personal para tareas rurales y normativas de seguridad sanitaria.
Estas reuniones se dan en el marco de la excepción del DNU “Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio” que se establece en el articulo 6º y en particular en el inciso 13 para actividades agropecuarias. Además de los funcionarios provinciales, participaron los intendentes Lucas Gerhardt y José Márquez junto a los jefes policiales de cada localidad.
Martín Ibarguren, subsecretario de Planificación del Ministerio del Agro resaltó que “la actividad yerbatera se encuentra habilitada para realizar las tareas correspondientes a cosecha, secado y molinería, pero esto se da en el contexto particular de la emergencia sanitaria. Por ello, se ha dispuesto reforzar los controles de transporte de personal y de cumplimiento de la normativas sanitarias”.
Asimismo, se recordó que desde el sitio web del Ministerio del Agro y la Producción (www.agro.misiones.gob.ar) se puede descargar la declaración jurada para circular. La misma debe ser completada por cada empleador y trabajador, vinculado en este caso a la producción de yerba mate. La declaración jurada es el instrumento que permite la realización de las actividades agropecuarias.
A esta medida, se suma la resolución 063/20 del Ministerio de Trabajo y Empleo entre las que se mencionan, además de las normativas vigentes, las recomendaciones de seguridad e higiene para el desempeño de empleadores y trabajadores.
Uno de las situaciones más consultadas está relacionada al transporte de cosecheros. En el artículo 1º de la Resolución, y a partir del Inciso 20, se realizan recomendaciones fundamentales. La Ministra de Trabajo y Empleo, Silvana Giménez manifestó que el Artículo 24 establece que “dentro de los medios de transporte que dispongan los empleadores, la distancia mínima que deben guardar los trabajadores es de 1 metro, con utilización de barbijos e higiene previa de manos con alcohol al 70%, o alcohol en gel. En los colectivos tienen que ir todos sentados; en el caso de autobús, tipo urbano con los asientos dobles, se tienen que ubicar en zigzag. Además de ello, se especifican las recomendaciones para las condiciones de alojamiento en esta situación particular, y las que además, deben cumplir con las normativas vigentes».
Por otro lado, es crucial el acceso a elementos de higiene y de protección personal, así como la utilización de utensilios personales para beber y alimentarse.
Ibarguren destacó que “la cosecha debe realizarse de manera ordenada y con suma responsabilidad por parte de los empleadores, evitando el traslado de personal aglomerado para no generar conflictos en los controles, que serán estrictos. El traslado de cosecheros entre municipios no está prohibido, pero se recomienda la cosecha en zonas cercanas o municipios aledaños. También, y en caso de ser posible, se recomienda el traslado individual de los cosecheros, algo que también está contemplado en la Resolución del Ministerio de Trabajo”
En ambos encuentros se analizaron las disposiciones vigentes y comunicaron los protocolos de seguridad sanitaria para los trabajadores rurales y la normativa que ya se encontraba vigente. Ambos organismos se encuentran a disposición de consultas particulares y acompañarán a los municipios que lo requieran para realizar estas tareas de coordinación conjunta.
El subsecretario Martín Ibarguren recordó que la cosecha de hoja verde no sólo es importante para el abastecimiento de un producto esencial para toda la Argentina, sino que también de ella dependen más de 30 mil familias”.
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